Señor Director:
Si se comprueba la investigación de la PDI acerca de la existencia de falsificaciones de una reconocida marca internacional de joyería que eran vendidas en una tienda, ello significaría una conducta ilegal y deleznable, ajena a todas las políticas de los centros comerciales a nivel nacional y un hecho aislado en el quehacer de este rubro.
A pesar de ello, el Sernac ha requerido antecedentes al centro comercial donde ocurrió el hecho para conocer los mecanismos de prevención de este tipo de situaciones para salvaguardar los derechos de los consumidores.
Nos preocupa el tenor de este organismo respecto de una supuesta obligatoriedad de prevención de los centros comerciales ante este tipo de ilícitos, función que no le compete al arrendador del espacio de las tiendas, a cargo de múltiples otros aspectos de seguridad y resguardo de los miles de colaboradores y visitantes que diariamente concurren a estos establecimientos.
Si bien el sector realiza constantes esfuerzos para que los locatarios cumplan con altos estándares en las relaciones de consumo con sus públicos, esto no puede incluir, porque sería ilegal, atribuirse funciones de investigación policial, aduanera, propiedad intelectual, ni tributaria preventiva, ya que la Constitución y la ley entregan estas facultades exclusivamente a organismos del Estado.
Lamentablemente, no reconocer los límites legales no es un hecho aislado y se inscribe en la misma lógica impulsada hace unas semanas por la Dirección del Trabajo, que pretendía obligar a una farmacia a adoptar medidas para combatir la delincuencia en su entorno.
Esperamos que haya apertura de las autoridades para distinguir que este tipo de situaciones no corresponde a los particulares, sino a la función pública, según la ley.